Complementos de formación

Complementos de formación

Procedimiento para asignar y matricular complementos de formación de Doctorado

Aprobado en el Consejo Permanente celebrado el día 01/07/2024

De conformidad con el Capítulo II. Acceso, admisión y matrícula del Reglamento de Gestión de las Enseñanzas Oficiales de Doctorado, la admisión a los programas de doctorado podrá incluir la exigencia de cursar complementos de formación específicos que se podrán proponer de entre la oferta de másteres oficiales existente de la UPV/EHU. Los requisitos y criterios de admisión, así como el diseño de los complementos de formación, vendrán establecidos en la memoria verificada del programa de doctorado.

Dichos complementos deberán superarse en el periodo inicial de desarrollo de la tesis, preferiblemente en el primer curso de matrícula y, en cualquier caso, antes de finalizar el segundo.

A la hora de asignar complementos de formación es importante tener en cuenta que la superación de dichos complementos dentro del plazo establecido es condición necesaria para poder depositarla tesis doctoral. Asimismo, es responsabilidad de la Comisión Académica del Programa de Doctorado contactar previamente con la Comisión Académica del Máster en cuestión para verificar los requisitos que debe cumplir el alumnado para poder cursar aquellas asignaturas de máster que se quieran realizar como complementos de formación, así como para obtener el visto bueno para matricular al o la estudiante de doctorado. Para ello, se facilita un formulario (docx, 441 Kb).

Procedimiento de formalización de complementos de formación:

  1. La Comisión Académica del Programa de Doctorado revisa las solicitudes de admisión, pudiendo admitir candidatas y candidatos bajo la condición de que cursen una serie de créditos de COMPLEMENTOS DE FORMACIÓN seleccionados de entre la oferta de másteres oficiales existente de la UPV/EHU.
  2. La Comisión Académica del Programa de Doctorado contacta con la Comisión Académica del Máster para obtener el visto bueno previo para matricular al o la estudiante de doctorado, debiendo rellenar y firmar el formulario.
  3. La Comisión Académica del Programa de Doctorado envía al administrativo o administrativa del Programa de Doctorado la relación de candidaturas admitidas, añadiendo, en su caso: (a) la(s) asignatura(s) asignadas como complementos de formación; (b) la titulación (o titulaciones) de máster oficial a la que pertenece cada una de las asignaturas asignadas; (c) formulario(s) cumplimentados con el visto bueno de la Comisión o Comisiones Académicas de Máster.
  4. El o la administrativa del Programa de Doctorado comunicará individualmente al candidato o candidata la resolución de admisión en el programa mediante un mensaje enviado a través del correo electrónico. En este mensaje se le comunicará si debe o no realizar complementos de formación y cuáles son dichos complementos.
  5. El candidato o candidata deberá ratificar su voluntad de matricularse en el programa de doctorado respondiendo al mensaje recibido. Esta ratificación supone la aceptación de la realización de los complementos de formación.
  6. Una vez ratificada la matrícula por parte del candidato o candidata, el o la administrativa del Programa de Doctorado contactará con el o la nueva estudiante de doctorado para formalizar la matrícula de los complementos de formación. El o la estudiante deberá indicar al o la administrativa si desea matricularse en el curso académico actual o en el siguiente.
  7. El o la administrativa del Programa de Doctorado procederá a matricular al o la estudiante en las asignaturas seleccionadas para el curso actual, dejando el resto de asignaturas asignadas pendientes para el curso siguiente.